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Exclusividad o persecusion

Publicado: Mar Jul 01, 2008 9:43 pm
por Dante
No se si les ha pasado a utds en sus trabajos que sus patrones no les agrade que puedan trabajarle a otros profesionales ya sean estos arquitectos o ingenieros como si de alguna forma tubieramos alguna exclusividad de nuestros servicios con la empresa las 24horas del dia, quiero decir, uno es libre de poder ofrecer sus servicios a otras empresas o profesionales independientes fuera de hora laboral como medio de ganarse una extra.
Inclusive de poder hacer trabajos particulares de compañeros de la misma empresa fuera de la jornada laboral o sea trabajos extras en nuestras casas.
Al menos a mi me ha sucesido un par de ocasiones en donde me han comentado al respecto sobre esta situacion tan particular. Es como si pensaran que estamos robando informacion o algo similar.
Es algo que me preocupa en nuestro medio ya que en caso contrario de ser un ingeniero o arquitecto paracese que es visto sin mayor problema.

Publicado: Mar Jul 01, 2008 9:50 pm
por Faber
La clausula de exclusividad se pone en el contrato y se cobra por ella, si no es de este manera puedes trabajar para quien quieras siempre que cumplas tu contrato.

Publicado: Mié Jul 02, 2008 1:25 am
por kaasy
Por lo que yo tengo oido si haces trabajos extras fuera de tu horario y para una empresa diferente, pero que se dedique a lo mismo te pueden acusar de competencia desleal, tambien he oido casos en los que el empresario alega que el sueldo que paga es por las horas de trabajo y las de descanso y si haces trabajos extra no descansas lo suficiente y no rindes, bla, bla.

En todo caso creo que depende bastante de las ganas que tenga el jefe de tocar las narices.

Publicado: Mié Jul 02, 2008 10:39 am
por Rohirrin
Estoy con Faber, si tu jefe te quiere en exclusividad, que aparezca en el contrato y pague por ello, si no es así, tú en tu tiempo libre podrás hacer lo que te plazca.

Si te dice que te paga por tu tiempo libre y no quiere que trabajes a otras personas para que descanse, supongo que tampoco toleraría que salgas de copas, de cena, a llevar a los peques al parque, porque todas estas cosas también cansan, verdad?

Publicado: Mié Jul 02, 2008 5:32 pm
por kaasy
jejeje, y quien te dice que toleren que tengas vida propia??, si por ellos fuera vivias en la oficina, lo aceptan porque no les queda otra, pero en el tema de otro curro y no tiempo libre (hagas lo que hagas) la cosa cambia.

Publicado: Vie Jul 25, 2008 4:28 pm
por MAN286
Para mas información, ir al enlace.

http://www.crear-empresas.com/leyes/ley20_07.htm

Publicado: Vie Jul 25, 2008 6:52 pm
por Dante
A ver si te te comprendo, por ej: yo trabajo el tiempo completo para una empresa, pero ocasionalmente hago trabajos particulares en mi casa fuera de horario de oficina, entonces hago la pregunta, estoy infrigiendo el estatuto de autonomos, como se regula y controla esa practica, si es asi.

Gracias.

Publicado: Vie Jul 25, 2008 8:12 pm
por Aidel
mariom, el estatuto de autónomos del que habla MAN está regulado en el estado español. En Costa Rica, no tengo ni idea de qué derechos tienen los autónomos.

Un saludo! :wink:

Publicado: Vie Jul 25, 2008 10:23 pm
por Dante
Por supuesto que no existe en mi pais ninguna relugacion o ley de ningun tipo, ,me refiero si utds pueden hacer lo que yo me referia.

Publicado: Vie Jul 25, 2008 11:14 pm
por Aidel
Ok, perdona por la confusión. Aquí, si eres autónomo, sí puedes trabajar para distintas personas. Si estás contratado por la empresa en régimen general, se supone que no... pero bueno, esto siempre depende de que venga en el contrato, y sino... siempre está la picaresca de cada uno, hacer trabajos de manera independiente sin que se entere la empresa :lol:

Un saludo! :wink: