¿Un Arquitecto puede trabajar como Delineante?

Dudas e información sobre la profesión de delineante.

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Aidel
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Mensaje por Aidel »

mad corrígeme si me equivoco por favor, porque si me equivoco entonces soy yo el que no entiende nada :lol:
"El diseño es el arte de hacer visible y sencillo todo aquello invisible y complejo", Aidel Díaz.

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mad
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Mensaje por mad »

Desgraciadamente o afortunadamente vivimos en un mundo en el que las leyes son todo; Vivimos "encarcelados" en un Mundo en que las cosas están bién o mal hechas según dónde residamos y según la legalidad que nos ampare...

En España, bajo el marco legal que se ha expuesto miles de veces en el Foro, es ilegal ejercer como Delineante sin tu título de Delineante y tu Colegiación el en Colegio de Delineantes que te corresponda.

Como dice Faber, si eres arquitecto, ejerce de arquitecto...Chus, el enfoque que le damos tanto Faber como yo, es el mismo...(te lo garantizo!) :wink: :wink:


Un saludo veraniego!!! :wink: :wink:
mad
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Mensaje por mad »

Aidel escribió:mad corrígeme si me equivoco por favor, porque si me equivoco entonces soy yo el que no entiende nada :lol:
Estás en lo cierto, según mis pocos conocimientos legales, es ilegal; pero me gustaría conocer si existe algún vacío legal que contradiga lo que digo.


Me gusta aprender cosas cada día!!!Jejeje!!!


P.D: sin acritud eh!! :wink:
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Aidel
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Mensaje por Aidel »

Yo también estoy con Faber y contigo mad 8)

Sino, ¿qué sentido tiene que existan los Colegios? :?
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Chus
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Mensaje por Chus »

mad escribió:
Aidel escribió:mad corrígeme si me equivoco por favor, porque si me equivoco entonces soy yo el que no entiende nada :lol:
Estás en lo cierto, según mis pocos conocimientos legales, es ilegal; pero me gustaría conocer si existe algún vacío legal que contradiga lo que digo.


Me gusta aprender cosas cada día!!!Jejeje!!!


P.D: sin acritud eh!! :wink:
Entiendo y pensamos igual.. Yo lo he buscado y te aseguro que no encontré nada, siempre que no sea referente a una universitaria mayor de 3 años, entonces si.
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Aidel
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Mensaje por Aidel »

Chus ¿a qué te refieres con universitaria mayor de 3 años?

Un saludo! :wink:
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Chus
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Mensaje por Chus »

Lee



Es un ejemplo de Graduado Social. jeje que no es nuestro caso. :roll:

PDF
Última edición por Chus el Lun Ago 04, 2008 1:07 am, editado 1 vez en total.
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MAN286
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Mensaje por MAN286 »

Para terminar con el intruismo, tendria que existir la firma del delineante con su numero de titulo o colegiado antes de visar los proyectos, seria la forma mas facil de evitar el intruismo ya que asi se podria comprobar quien a delineado el proyecto. Ahora bien si el vecino hace los planos y se los da a un delineante para que los firme ya es otra historia.

Saludos..
Y delineamos poesia con el silencio de nuestra profesión.
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Faber
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Mensaje por Faber »

Aidel escribió:Chus ¿a qué te refieres con universitaria mayor de 3 años?

Un saludo! :wink:
Yo tampoco entiendo esa frase, ni leyendo el pdf que pones Chus. Debe ser el calor... :roll: :wink:
si algo puede salir bien, saldrá bien
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Chus
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Mensaje por Chus »

Puff..

Modifique el post para indicarlo, pero por lo que veo no se ha quedado grabado. :oops:

Me refería al ejemplo que pongo, que no tiene nada que ver. Pero solo encontré esto. Títulos de enseñanzas superiores, y que tengan un mínimo de 3 años en la Universidad.
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Aidel
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Mensaje por Aidel »

Chus, pero no consigo ver la relación de los Títulos de enseñanzas superiores, y que tengan un mínimo de 3 años en la Universidad con si un Arquitecto puede trabajar de manera legal como delineante. :oops:

¿Te refieres a que quizás si se equiparasen nuestros estudios a los universitarios sería un comienzo para impedir ese intrusismo? No sé si he acertado, aunque me da que no... :lol:

Un saludo! :wink:
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Chus
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Mensaje por Chus »

Nooo… me refiero a que es lo único que encontré.. no encontré nada... y mira que he mirado… que si como pensamos no es legal. Creo que tendría que aparecer en algún sitio, no crees. :roll:
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Faber
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Mensaje por Faber »

¡Ah! creo que lo he descifrado :lol:

Entiendo y (pensamos igual) "tenemos la misma duda".. Yo lo he buscado y te aseguro que no encontré nada, (siempre que no sea) "excepto información" referente a "intrusismo en el caso de" una "carrera" universitaria mayor de 3 años, (entonces si) "pero del caso del tema de este post nada".

¿es eso no? perdona pero ya te digo que el calor afecta a la comprensión lectora... :wink:
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Aidel
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Mensaje por Aidel »

Faber eres un campeón :lol:

Chus, yo también pienso que debería redactarse una ley que lo deje claro de una vez, y obviamente que cuanto más sea a nuestro favor mejor 8). Y como decimos arquitectos... yo añado que en esa ley se debe mencionar a cualquier otro técnico que trabaje de delineante también, que a ver si van a ser los arquitectos los únicos que comenten intrusismo :lol:

El caso que me mosquéa es el de los interioristas, porque son tan delineantes como nosotros, pero están en un Colegio aparte. En este caso no lo veo como intrusismo, pero sí flipo conque dos Colegios estén para "lo mismo", y eso sí que no lo entiendo.

Qué rollo. :?
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Chus
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Mensaje por Chus »

ESTATUTOS DEL COLEGIO PROFESIONAL
DE DELINEANTES Y DISEÑADORES TECNICOS DE VALENCIA


CAPÍTULO I
Disposiciones Generales


Artículo 5. Fines.

Constituyen fines esenciales del Colegio Profesional de Delineantes y Diseñadores Técnicos, la ordenación del ejercicio de esta actividad profesional, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales de los Colegiados.

Artículo 6. Funciones.

d) Verificar, impedir, y en su caso perseguir, incluso ante los tribunales de Justicia, todos los casos de intrusismo profesional que afecten a los Delineantes y Diseñadores Técnicos y al ejercicio de su profesión, en el supuesto de que ésta se ejerza o pretenda ejercer, se obstaculice o pretenda obstaculizar por personas en quien no concurran los requisitos legales establecidos para la práctica de la profesión, o por cualquier clase de Organismo o Entidad.

g) Poner en conocimiento del Colegio todos los hechos que puedan afectar a la profesión, tanto particular como colectivamente considerada, y cuya importancia pueda determinar la intervención corporativa con carácter oficial, en especial todo acto de intrusismo profesional que llegue a su conocimiento, así como los casos de ejercicio ilegal, tanto por no colegiación, por incompatibilidad o hallarse suspendido o inhabilitado el denunciado.
h) Abstenerse de toda práctica de competencia desleal.
i) Cumplir con las normas deontológicas del ejercicio de la profesión.


El que lo quiera leer, no tiene desperdicio..:wink:


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